PROGRAMAS RADIALES - 19 de Febrero 2005

 

Las formas vacías del proceso legal contra las normas esenciales de los derechos establecidos internacionalmente

 

Amigos de “Luz Más Luz” que hoy nos acompañan y a todos los que lo hacen por primera vez:

No puedo, más que expresar mi asombro, ante la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de este país, República Dominicana, declarando que no es violatoria a la Constitución la ley Sectorial de Áreas Protegidas, que quizás muchos de ustedes sepan, se trata de una ley botada por el congreso de este país que reduce las áreas de bosques, playas, lagunas y otros eco-nichos del territorio nacional, sacrificándose el equilibrio ecológico del territorio de esta nación llamada República Dominicana, para que consorcios capitalistas extranjeros los exploten, convirtiéndolos en ganancias para su particular usufructo, hasta que sólo queden piedra y tierra convertidas en un páramo inhabitable el territorio de la nación dominicana, como lo es hoy el territorio de la nación haitiana.

Una instancia, pidiendo que fuera declarada como anticonstitucional esta ley, fue presentada a ese tribunal por una serie de organizaciones ecológicas que aportaron datos espeluznantes de lo que le espera a éste país de ser aplicada esta ley. Sin embargo la Suprema Corte de Justicia desestimó dicha instancia y declaró que dicha ley ecologicida se ajusta a la Constitución vigente hoy día y cataloga de impropio afirmar que los convenios internacionales prevalezcan sobre todo el derecho interno de la nación dominicana.

Sí, me sorprende el gran desconocimiento que tiene esta Suprema Corte de Justicia, presidida por el doctor Jorge Subero Isa, de lo que representa la Constitución, su relación con el territorio y la relación, a su vez, del territorio con la democracia y la cuestión de la Constitución como ley fundamental establecida o aceptada como guía para el gobierno de un territorio determinado, porque de no ser ignorancia supina la de esa Suprema Corte de Justicia, la otra posibilidad que quedaría es calificar como una infamia suya el sostener la validez y vigencia de las leyes sobre la base de las formas vacías del proceso legal, por encima y pisoteando las normas esenciales del derecho a la vida, pisoteando el principio de la integridad  territorial y la existencia de la nación dominicana como tal,  así como la vigencia de la democracia en ella.

 Para que tengan una idea de la gravedad del asunto, ustedes deben saber que al final de la Segunda Guerra Mundial un tribunal norteamericano, en Nuremberg, 1945, condenó a los principales jueces, fiscales y funcionarios responsables del aparato legal y judicial del Tercer Reich de Hitler, por haber aplicado en Alemania la legalidad vigente del nazismo, utilizando para ello las formas vacías del proceso legal contra las normas esenciales de los derechos establecidos internacionalmente, justificando la persecución masiva y sistemática de los opositores al régimen nazi, lo cual fue considerado un crimen contra la humanidad, así como su participación en la promulgación y aplicación de las normas excepcionales que establecieron los tribunales llamados "del pueblo" por los nazis, los consejos de guerra y los tribunales especiales sumarios para los civiles, todo lo cual fue considerado complicidad con el crimen, a pesar de su legalidad formal.

 

Integridad territorial y democracia

 

¿Qué relación tiene la integridad territorial con la democracia y con la Constitución? ¿Por qué esa ley Sectorial de Áreas Protegidas viola la Constitución, es antidemocrática, antinacional y, a la vez, la decisión de la Suprema Corte de Justicia es apelable en instancias internacionales?

Veamos.

Usaremos para responder esta pregunta, que muchos de ustedes se estarán haciendo, pero que la Suprema Corte de Justicia no debería ignorar, como ha evidenciado un trabajo de Jaime Labastida, intelectual mexicano, publicado en el periódico “El Excelsior” en marzo del 1996.

Dice Labastida:

“El tema central de nuestro tiempo se llama democracia. Se ha dicho que en México necesitamos la democracia ya, con rapidez y sin adjetivos. Sin embargo, no puedo menos que expresar mi asombro ante esta manera de calificar a la democracia por ausencia de sus calificativos, como si buscáramos descalificarla. Mi asombro nace de que, cuando tratamos de entender qué es democracia surgen los adjetivos, surgen los calificativos, las características que la democracia debe tener.

En la mentalidad de muchos, democracia es el remedio automático para todos los males, sin embargo, como un sustantivo que no necesita de ningún calificativo para determinarla. La democracia suele entenderse como el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, la expresión, quién no lo sabe, es de Abraham Lincoln, pero qué se entiende por pueblo. Hay que recordar que las leyes establecen restricciones y hacen ciudadanos sólo a ciertos habitantes de un territorio. Por eso es importante saber qué se considera pueblo. Pero esto, se me dirá, son argucias de leguleyo, formalidades menores que en nada afectan a la sustancia, al carácter sustantivo de la democracia. Sin embargo, veamos qué significa pueblo y nos daremos cuenta de todo lo contrario.

Pueblo, el componente sustantivo de la palabra democracia, ha recibido multitud de acepciones a lo largo de la historia. En Grecia, por ejemplo, se entiende algo muy diferente de lo que hoy designa esa palabra. Estaban excluidos de la democracia, del pueblo, los metecos, los jóvenes, las mujeres y los esclavos. La democracia se daba a la luz en el ágora (es decir en la plaza pública, nota nuestra) pero era excluyente. De modo, qué debe entenderse por pueblo, qué, además, por el poder o la fuerza de ese pueblo.

Quien funda la democracia ateniense funda al mismo tiempo algo de mayor trascendencia: el segundo plan de gobierno de la historia. Antes de la revolución de Clístenes, (el que funda la democracia ateniense, abuelo de Pericles, quien llevó el ejercicio de la democracia antigua ateniense a su mayor esplendor, por eso, muchos lo consideran padre de la democracia, nota nuestra), el pueblo heleno se agrupaba por genos, clanes, relación familiar y consanguínea. Los hombres creían descender de un toten o antepasado común. Pero Clístenes enlaza población y suelo. Clístenes agrupa la población, no ya por sus lazos consanguíneos, sino por el territorio común que ocupa, destruye así la relación gentilicia abriendo con velocidad la puerta a la vinculación entre los hombres de tipo política no por parentesco. La “societas” es sustituida por la “civitas”.

Lo que intento poner de relieve es un hecho, a mi juicio decisivo. Antes de Clístenes los acuerdos los tomaba un pueblo distinto, el clan. La palabra griega para pueblo en sentido tradicional, cuando era clan, es sinónimo de genes, agrupaba, por tanto, a miembros de la familia mítica. El demos implica territorio, por eso el genos conserva después de Clístenes solamente una función religiosa, la función política la asume el demos, pueblo, pueblo vinculado a territorio. De esta doble raíz surgen las posteriores distinciones que encontramos en el derecho como son jus sanguini y jus solis.”

Antes de continuar el perspicaz análisis que hace Labastida, expliquemos con un ejemplo los términos jus sanguini y jus solis.  Jus sanguini, es el derecho de sangre, es decir, que los dominicanos hijos de padres dominicanos tienen derecho a la nacionalidad dominicana. Y jus solis el derecho de nacionalidad por el territorio, por el suelo, por haber nacido en el territorio dominicano, en el caso del ejemplo que hemos usado.

Continuemos con Labastida. “La palabra pueblo, demos, es tomada hoy como si se tratara de un todo homogéneo. En Atenas, sin embargo, revelaba un hecho: el pueblo después de la revolución de Clístenes es el demos, está relacionado con el territorio, se había roto el poder de unos cuantos y se había trasladado a una masa amorfa y confusa que residía en un territorio delimitado. La ruptura significó, además, que el pueblo empezó a participar en la vida política, en la vida común en la República, en la organización de la ciudad como nunca antes.

La política democrática despertó, por tanto, la espontaneidad del pueblo y la verdad no fue buscada en las entrañas de animales, el vuelo de las aves, las hecatombes o los oráculos, sino en el seno del pueblo. Surgió un nuevo tipo de hombre que se educaba en el uso de la palabra, nacieron la retórica y la filosofía. “Me he consultado a mí mismo”, dice Heráclito con orgullo. ¿Secreto o condición para este nacimiento?, la participación del pueblo sobre la base de un pueblo en función de su relación por territorialidad, no por lazos consanguíneos.

Preguntémonos, sin embargo, qué se entiende por la palabra pueblo unido al concepto de democracia. Gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, ¿por qué el pueblo necesita organizarse en gobierno y delegar su poder en quien lo representa? La palabra cratos significa fuerza (cratos de donde viene la palabra cracia, democracia, nota nuestra), quien dice fuerza dice al mismo tiempo violencia, uso de la fuerza de unos contra otros.

Si el asunto fuera sencillo no lo discutiríamos, pero no es sencillo. Democracia sin adjetivos, de acuerdo; democracia poder del pueblo ¿contra qué y contra quién? De un modo u otro, caemos en un hecho central. Democracia implica poder, fuerza, y quien dice fuerza y poder dice en política Estado y ley. Democracia, pero ¿sin adjetivos?

Algunos entienden por la palabra democracia, una organización amorfa, una especie de gobierno sin fuerza ni poder, un acuerdo tácito de voluntades, un extraño modo de proceder siempre por consenso, de acuerdo con lo que los ideólogos del siglo XVIII llamaban la voluntad general. Pero ¿qué significa la voluntad general? Si admitimos la expresión, hemos de concluir que, si es general, no es unánime; hay una parte del “pueblo”, sí, por supuesto, del mismo pueblo, aunque sea una minoría, que no está conforme. De ahí, que la democracia deba ser traducida como una forma de organización política, una fuerza legal por la que una parte del pueblo, de ese pueblo de un territorio específico, impone a otra su decisión.

¿Qué parte del pueblo? Llegamos a un hecho que ya no admite discusión: la mayoría se impone a la minoría. Lo importante en este punto es determinar los medios y mecanismos de transparencia, confianza y legitimidad que permite concluir que una mayoría es en efecto mayoría. Adviértase que no digo que la mayoría tenga, por el hecho de ser mayoría, la razón. Lo único que digo es que esa mayoría irracional, estúpida si se quiere, tiene el derecho a gobernar y delegar ese derecho en gobernantes”.

Es importante, y es lo que queremos destacar citando este ensayo de Labastida, que todo lo que lesiona el territorio, el habitad de una población, el demos, población que se da como forma de gobierno una democracia, está violando la Constitución, que es precisamente el conjunto de normas dadas para ese territorio exclusivo ser gobernado. Porque todas las constituciones en el aire o en general, por ejemplo, la Constitución de los Estados Unidos, país que es la potencia imperio capitalista número uno, que ocupa territorios por la fuerza y hace guerras para ello, cuando justifican la ocupación de estos territorios, porque están enfrentando lo que ellos llaman el terrorismo que los amenaza, lo que están es imponiendo su ley, su Constitución, en esos territorios, porque esos y todos los territorios del mundo que ocupen los consideran parte del territorio suyo propio, por lo que la que vale es la Constitución suya y no otra. Como es la Constitución estadounidense la que se aplica en colonias reconocidas como tales, como lo serían Puerto Rico, Hawai o Alaska, porque son  considerados sus territorios, parte del territorio norteamericano.

Por eso, los jueces de la Suprema Corte de Justicia de este país, República Dominicana, no podían declarar que esta ley Sectorial de Áreas Protegidas, que arrebata gran parte de la reserva natural, que debería servir para garantizar la vida en este territorio que delimita a esta nación, para ser entregados a consorcios extranjeros. Además, esta decisión, por esta misma razón, es apelable en tribunales a nivel internacional o del mismo continente americano, como sucedió en el caso de Nuremberg; y los descendientes de estos jueces y ellos mismos deben tener presente que este tipo de crimen, de lesa patria, de lesa humanidad, no perime y que, por lo tanto, son confiscables todas las propiedades, a manera de indemnización, no sólo de los jueces sino de sus descendientes.

 

La tribu y la gens

 

Ya a fines de la primera edad de piedra aparecen las tribus, grandes uniones de grupos humanos vinculados por lazos de parentesco. Las tribus, a su vez, se dividen en gens. Una gens se componía de un grupo de personas parientes consanguíneos entre sí.

La organización gentilicia no permaneció estática, también ella iba desarrollándose y transformándose continuamente. Hubo gens materna y gens paterna. En la organización gentilicia correspondió inicialmente a la mujer el papel preponderante. Con una azada la mujer cava la tierra y comienza a sembrar granos, también a domesticar animales, pues es ella quien está de manera permanente en el campamento. Cuando el hombre se va de cacería en busca de alimentos la mujer permanece en el campamento y presta atención a los niños, a los ancianos, cuida la vivienda y guarda el orden. Por lo tanto, su trabajo es la fuente principal de subsistencia para los que quedan en el campamento. Todo eso colocó a la mujer en un primer plano. Ese orden en el que la mujer desempeñó el papel principal se llama matriarcado.

Transcurrieron muchos milenios antes de que fuera dado un nuevo paso adelante. Los hombres primitivos ya no podían conformarse con los alimentos hallados por casualidad, raíces silvestres o caza, no siempre exitosa, de animales salvajes. Aumenta, entonces, la necesidad de una mejor alimentación y vestimenta, vivienda y herramientas, comienza el paso a la ganadería y a la agricultura, que se convierten en los principales modos de obtención de medios de subsistencia.

De la domesticación de animales se pasa a la ganadería, es decir, al pastoreo. Los hombres crían grandes rebaños de vacas y obtienen leche, carne, cuero y huesos. Del mismo modo, a la agricultura más primitiva sucede otra más evolucionada. En lugar de la azada empieza a emplearse el arado, al arado se le unen los bueyes domesticados. El suelo ya se trabaja mejor, los campos son irrigados artificialmente, se siembra trigo, cebada, alpiste, melones y otros diversos vegetales alimenticios.

Es entonces cuando, en una economía de ese tipo, el trabajo de los hombres adquiere mayor importancia. Para la agricultura y la ganadería los varones son más requeridos por su contextura física más fuerte. Con tal economía, es el hombre quien se convierte en el elemento central y no la mujer. El lugar principal en la gens pasa entonces a ser ocupado por el hombre. El predominio del hombre en la gens se denomina patriarcado.

En la comunidad gentilicia, ya adelantada, están unidos agricultores y pastores, manejan la economía en común estos grupos. Todos los asuntos de la comunidad son dirigidos por el hombre de más edad que posee una gran experiencia de la vida, dilucida todas las cuestiones entre los miembros de  la gens, fija a cada hombre su trabajo, reparte entre todos la caza y los demás productos. En la época de la gens todavía no existen ni la propiedad privada de los medios de producción ni de lo producido, tampoco las clases sociales, ni la explotación del hombre por el hombre. Este es el cuadro que presentaba la vida en la comunidad primitiva.

 

El florecimiento de la cultura griega, de su arte y de su ciencia, se produce con el florecimiento de la democracia esclavista. Demo, en la palabra democracia, significa pueblo, pero desde el punto de vista de ciudad, área territorializada. La democracia ateniense no era en sí el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, si no el gobierno de la ciudad-estado, de la ciudad-estado esclavista que desplazó a los aristócratas, quienes pretendían monopolizar el control de estas ciudades que eran autónomas una de las otras. En esto radicaba la democracia.

Los esclavos, los metecos y hasta las mujeres nacidas libres, no tenían ningún derecho político. Las leyes griegas no consideraban al esclavo como un hombre, lo tenían como una herramienta viva que pertenece al amo. La ley no los protegía. El amo podía hacer con ellos lo que le viniera en gana; podía castigarlos y hasta matarlos. Los griegos trataban a los esclavos con desprecio, teniéndolos por entes perezosos y tontos.

Homero escribía en la Odisea: “Haragán es el esclavo. Si con orden severa el amo no lo obliga a cumplir su mandato, por sí sólo no se pondría con gusto a trabajar. En cuanto el destino cruel marca a alguien con la amarga esclavitud, Zeus destruye la mejor mitad de las cualidades del hombre”.

Aún en el florecimiento que alcanzó la democracia en tiempos de Pericles, el orden estatal ateniense no suprimió la esclavitud ni la propiedad. Por el contrario, protegió y fortaleció tanto la una como la otra. En los tiempos de Pericles la esclavitud se desarrolló aún más.

El concepto de democracia como gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo no surge en la Grecia esclavista, si no que fue creado por los iluministas norteamericanos del siglo XVIII Benjamin Franklin, Thomas Jefferson y Thomas Paine, a través del proceso de formación del joven Estado burgués norteamericano.

Por eso, en la elaboración de las soluciones de orden político sociales, particularmente los problemas de la revolución, la democracia y la república, Jefferson y Paine adoptaron posiciones más avanzadas que los propios iluministas materialistas franceses.

El reconocimiento del derecho que asiste al pueblo para derrocar un gobierno que no garantiza sus derechos naturales, constituye lo más valioso e importante en la ideología del iluminismo norteamericano sobre la revolución. Y aunque manifestaron evidente retraso al abordar problemas filosóficos generales, en sus juicios éticos, los iluministas norteamericanos partían, no del dogma religioso sino de lo que entendían como la propia naturaleza humana. Su filosofía natural daba paso a las leyes de la naturaleza, en lugar de la divina providencia, a la dependencia causal en lugar de la teología. En la teoría del conocimiento colocaban en primer plano la luz de la razón, a cuyos juicios fueron sometidos los propios dogmas de la religión cristiana.

El papado condenó la declaración de Independencia norteamericana como perversa y llamó a la Constitución de los Estado Unidos un documento satánico. Y cabe preguntar: ¿Será por esto que se quiere subestimar el aporte de los iluministas norteamericanos? ¿Qué se persigue con presentar la democracia esclavista como si fuera la democracia de la joven burguesía norteamericana y viceversa? Y más aún, ¿por qué se oculta que son los iluministas norteamericanos los padres de la fórmula democracia: gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo? ¿A quienes interesa promover y mantener este embrollo? Pero esto será tema para ser tratado en otra ocasión.


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